El nuevo mínimo no imponible resultará de aplicación para las remuneraciones y haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de mayo de 2023. La disposición queda sujeta a quienes perciban bonos por productividad, horas extras y antigüedad, lo que proporcionará una mejora salarial de hasta un 16%, informó Economía.
El Gobierno formalizó este jueves el nuevo mínimo no imponible para el impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2023 para la cuarta categoría que es de $ 506.230 mensuales brutos a partir de este mes, que beneficiará a 250.000 personas, y además ratificó la eximición de Ganancias a los adicionales salariales de más de 600.000 trabajadores que cobran estos conceptos, como bonos por productividad, horas extras y antigüedad, medida que fue elogiada por el titular de la Confederación General del Trabajo (CGT), Héctor Daer.
A través del decreto 267/2023 publicado en el Boletín Oficial, se determinó que por el nuevo piso de Ganancias no corresponderá retención alguna del tributo cuando la remuneración bruta no supere los $ 506.230. Asimismo, en aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $ 506.230 y resulte inferior o igual a $ 583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada. La modificación realizada permitirá una reducción del total de trabajadores que pagan impuesto a las Ganancias.
El nuevo mínimo no imponible resultará de aplicación para las remuneraciones y haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de mayo de 2023. Desde enero de 2023 no pagaban el impuesto a las Ganancias las remuneraciones brutas mensuales que no superen los $ 404.062.
El ministro de Economía, Sergio Massa, destacó que “junto con este nuevo incremento interanual del 125% del piso de Ganancias, en abril avanzamos para que las horas extras, los viáticos y los bonos por productividad, entre otros conceptos, no estén alcanzados por el impuesto: un beneficio para 600.000 empleados”.